¿CUÁL ES MI ESTADO CIVIL A EFECTOS DE LA DECLARACIÓN?

Por lo general, tu obligación de presentar una declaración depende de 3 puntos: tu estado civil para efectos de la declaración, tus ingresos brutos y tu edad. Para nuestros efectos, comenzaremos por contarte acerca del estado civil.

El IRS (Servicio de Impuestos Internos) ofrece estos 5 estados civiles a efectos de la declaración:

  • Soltero
  • Casado que presenta la declaración de forma conjunta
  • Casado que presenta la declaración por separado
  • Jefe de familia
  • Viudo/a calificado/a

Al preparar y presentar una declaración de impuestos debemos tener en cuenta que el estado civil tributario afecta dicha declaración. Tenga en cuenta estos puestos de afectación.

  1. Si usted debe presentar una declaración federal de impuestos.
  2. Si usted debe presentar una declaración para recibir un reembolso.
  3. Su monto de deducción estándar.
  4. Si pueden reclamar ciertos créditos.
  5. La cantidad de impuestos que deben pagar.

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Para que lo tengas más claro te vamos a hablar de forma detallada de cada uno de los estados civiles.

Soltero.
Puedes declarar que eres Soltero si se cumplen las siguientes dos condiciones al último día del año: 

  • No estás casado o estás separado legalmente de tu cónyuge en virtud de una sentencia de divorcio o manutención por separación judicial. 
  • Quizá también podrías ser soltero si enviudaste antes del 1 de enero del año que vas a declarar y no te volviste a casar durante ese año.

Casado que presenta la declaración de forma conjunta. 
Se te considera casado si se cumplen las siguientes dos condiciones al último día del año: 

  • Estás legalmente casado.
  • No estás legalmente separado en virtud de una sentencia de divorcio o manutención por separación judicial. 

Una pareja casada puede presentar una declaración conjunta o declaraciones separadas. Si tu cónyuge muere durante el año, tú y tu cónyuge se consideran casados durante ese año fiscal. Si no te vuelves a casar durante el año, puedes presentar una declaración conjunta o declaraciones separadas. 

Si te vuelves a casar el mismo año que falleció tu cónyuge, debes cumplir con los siguientes dos requisitos: 

  • Presentar una declaración conjunta o declaraciones por separado con tu nuevo cónyuge. 
  • Presentar una declaración como Casado que presenta una declaración por separado por tu cónyuge fallecido. 

Casado que presenta la declaración por separado 
Una pareja casada puede optar por presentar una declaración conjunta o declaraciones separadas. No obstante, una declaración conjunta a menudo genera menos impuesto federal. Si presentan declaraciones por separado, las tasas de impuestos por lo general son más altas. Además, varias deducciones y créditos que podrías recibir si presentas una declaración conjunta: 

  • Se ven reducidos 
  • Se ven limitados 
  • No están permitidos 

Jefe de familia 
Puedes presentar tu declaración como Jefe de familia si se aplican todas estas condiciones: 

  • Eras soltero o se te consideraba soltero al último día del año fiscal.
  • Pagaste más de la mitad del costo de mantenimiento de tu hogar durante el año. 
  • Una persona calificada vivió contigo en la casa durante más de la mitad del año, excepto por ausencias temporales. Sin embargo, si la persona que reúne los requisitos es tu padre o madre dependiente, no es necesario que viva contigo.  

Viudo(a) que reúne los requisitos 
Puedes presentar tu declaración como Viudo(a) que reúne los requisitos si se aplican todas estas condiciones: 

  • Calificabas para presentar una declaración conjunta para el año en que falleció tu cónyuge. No importa si efectivamente presentaste una declaración conjunta. 
  • Tu cónyuge falleció en cualquiera de los 2 años fiscales inmediatamente anteriores al año fiscal en curso y no te has vuelto a casar.  

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Es posible que califiques para más de un estado civil a efectos de la declaración. Por ejemplo, una persona soltera (no casada) no se limita necesariamente al estado civil soltero. Puede realizar la presentación como jefe de familia o como viudo/a calificado/a si se cumplen los requisitos para hacerlo.

Del mismo modo, una persona que estaba legalmente casada el 31 de diciembre del año a declarar podría realizar la presentación como casada que presenta la declaración de forma conjunta, casada que presenta la declaración por separado o jefe de familia (nuevamente, si cumple con los requisitos para hacerlo). Pero no podrá realizar la presentación como soltero/a o viudo/a calificado/a.

Si puede aplicarse más de un estado civil a tu situación particular, elegiremos el que te dé el mayor alivio tributario. Llámanos y veremos cual es tu caso.